La OPC-CCSS divulgó el listado actualizado al 30 de setiembre de 2025 con los nombres de personas fallecidas que mantienen saldo en al menos un fondo administrado por la operadora.
Esta publicación busca que los beneficiarios o herederos ejerzan sus derechos conforme a la Ley de Protección al Trabajador N.º 7983.
El documento incluye cientos de nombres de afiliados con recursos en el Fondo de Capitalización Laboral (FCL) y el Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (ROPC).
¿Cómo reclamar el FCL?
Los montos del FCL se reclaman mediante un proceso judicial en el juzgado de trabajo más cercano al domicilio del fallecido.
Allí, el juez definirá los beneficiarios conforme al artículo 85 del Código de Trabajo. El dinero se deposita en la cuenta bancaria del expediente judicial y queda bajo la autoridad del juzgado.
Para ubicar el juzgado correspondiente, los interesados pueden consultar el sitio del Poder Judicial en https://pjenlineacr.poder-judicial.go.cr/GIO.
¿Qué hacer para reclamar el ROPC?
Los fondos del ROPC deben reclamarse en primera instancia ante la propia OPC-CCSS. El procedimiento se inicia escribiendo al correo electrónico fallecidos@opcccss.fi.cr. El orden para definir a los beneficiarios sigue estos criterios:
- Beneficiarios de la pensión básica, como IVM, Jupema o Poder Judicial.
- Personas designadas por el afiliado en vida ante la operadora.
- Si no existen beneficiarios designados, se debe tramitar el proceso en el juzgado de trabajo, de manera similar al FCL.
Este procedimiento garantiza el cumplimiento de la normativa vigente y la adecuada distribución de los fondos de pensión acumulados por los afiliados fallecidos.
¿Dónde consultar el listado?
La OPC-CCSS publicó el listado completo de personas fallecidas con saldo disponible. En este aparecen los nombres completos y el tipo de fondo (FCL o ROPC) de cada persona.
Este listado permite a los familiares identificar si existe algún fondo pendiente de retiro.
Puede observar la lista en este link.