María Estela Ríos puede participar en prisión preventiva oficiosa

María Estela Ríos puede participar en prisión preventiva oficiosa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la ministra María Estela Ríos González no está impedida para participar en la discusión en la que se determinará como el Poder Judicial de la Federación (PJF) dará cumplimiento a la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), la cual ordena al Estado mexicano declarar inconvencional el arraigo y la prisión preventiva oficiosa.

Por unanimidad y sin discusión alguna, el Pleno avaló un proyecto del presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, quien señaló que no hay algún elemento que ponga en duda la imparcialidad de la togada.

Es de mencionar que, el 24 de agosto de 2022, en un comunicado firmado por el entonces secretario de Gobernación, Adán Augusto López, y la entonces consejera Jurídica del Poder Ejecutivo Federal, María Estela Ríos, se pidió a la SCJN que, al momento de resolver el amparo en revisión 355/2021 y la acción de inconstitucionalidad 130/2019 y su acumulada 136/2019, prevaleciera la prisión automática.

Después, el 25 de enero de 2023, la Corte IDH declaró la responsabilidad del Estado mexicano por la violación a los derechos humanos de libertad e integridad personal, presunción de inocencia, derecho a ser juzgado en un plazo razonable, derecho a excluir la prueba obtenida mediante tortura y a investigar con debida diligencia, en los casos de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz, quienes fueron acusados del homicidio de María de los Ángeles Tamés, regidora del municipio de Atizapán de Zaragoza, crimen cometidos el 5 de septiembre de 2001.

Tanto García Rodríguez como Alpízar Ortiz solicitaron a la nueva integración de la SCJN declarar impedida a Ríos González.

La ministra tiene bajo su responsabilidad presentar el proyecto relacionado con el expediente sobre recepción de sentencias de tribunales internacionales 3/2023, en el cual se debe determinar la forma en que el PJF debe participar en el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH.

Presidente de la Corte

Durante su exposición, Hugo Aguilar dijo que no se actualiza la hipótesis de impedimento porque el referido comunicado lo emitió en ejercicio de las facultades del cargo que ostentaba como consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, pero no a título personal.

“Aunado a lo anterior, no se advierte una relación directa entre el comunicado y el expediente sobre recepción de sentencias de tribunales internacionales 3/2023, pues el comunicado hace referencia a dos asuntos, uno en el que se actualiza una causal de improcedencia y otro en el que se analiza la facultad del legislador ordinario para incorporar los delitos fiscales al catálogo constitucional de procedencia de la prisión preventiva oficiosa, lo cual permite concluir que no existe una relación directa con la temática a tratar en el expediente sobre recepción de sentencias mencionadas, consistente en la forma en que el Poder Judicial de la Federación debe participar en la ejecución de la sentencia condenatoria emitida en el citado caso internacional”.

El presidente de la Corte enfatizó que, en la fecha en que se emitió el comunicado, no se conocía el sentido de la sentencia del Tribunal Internacional.

Antecedentes 

Cabe señalar que, Daniel García fue señalado de ser el “autor intelectual” del homicidio. Él ha manifestado ser inocente y que fue víctima de fabricación de delitos por el entonces gobernador del Estado de México, Arturo Montiel Rojas.

La Corte también tiene pendiente por resolver un amparo con el cual García Rodríguez pretende tumbar la condena dictada por el Segundo Tribunal de Alzada en Materia Penal de Tlalnepantla, del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México, el 17 de marzo de 2023. Actualmente enfrenta su proceso en libertad.

En tanto, Reyes Alpízar fue absuelto, al no existir alguna sola prueba en su contra.

LG

Fuentes

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