Jamás existirá una acción que interfiera, privilegie o busque criterios de prevalencia del Estado entre los masones

Jamás existirá una acción que interfiera,  privilegie o busque criterios de prevalencia  del Estado entre los masones

¿Interviene el Estado en las decisiones de la Gran Logia Masónica? ¿Cuáles son los vínculos que mantiene?

Tras los diferentes debates por los recientes hechos ocurridos en la Gran Logia Masónica, los cuales han suscitado discrepancias en esa fraternidad, Oscar Manuel Silvera Martínez, ministro de Justicia (Minjus), explicó a la Televisión Cubana que es falsa la acusación de interferencia, favoritismo o privilegios que supuestamente ejercen entidades del Gobierno sobre miembros de estas agrupaciones.

Dijo que, desde el año 1985, existe en Cuba la Ley 54 –denominada Ley de Asociaciones–, la cual concede al Minjus un papel rector en el proceso de creación y constitución de las formas asociativas, además de velar por el cuidado y cumplimiento de las normas. 

Entre los mecanismos de diálogo que posee la Isla está el lograr que cada asociación, de las 2 261 que existen, funcione en correspondencia con las normativas fundacionales.

En el caso de la masonería, representan una parte de las 1 141 asociaciones fraternales cubanas; de ahí que, desde una perspectiva jurídica, estas se conciben como asociaciones fraternales de carácter social, sujetas a sus propias regulaciones, y que «están constituidas, por su inscripción, en el Registro de asociación».

Silvera Martínez detalló que, específicamente con la Gran Logia Masónica, desde las estructuras provinciales y el propio Minjus se ha mantenido una relación histórica de cercanía y respeto, pues esa fraternidad, manifestó, tiene una amplia legislación conocida como las Institutas, desde el año 1875, que rigen la masonería desde el punto de vista internacional, y, específicamente en Cuba, tienen un grupo de libros, «que van desde la constitución masónica, los estatutos de la fraternidad, las disposiciones complementarias de los Estatutos de la fraternidad, el Reglamento de la Gran Logia, la Ley Electoral y el Libro de la Justicia Masónica».

Por eso, tales instituciones tienen los mecanismos para resolver las diversas situaciones que acontecen en su entorno.

Asimismo, acotó el Ministro, «lo que decidan será lo que respetaremos y consideraremos porque es nuestro deber».

Por otra parte, afirmó que existen diferencias en el procedimiento en que se ha elegido al Gran Maestro –figura máxima de la Gran Logia–, lo que ha provocado conflictos entre grupos de masones, y en ese sentido se han realizado reuniones con representantes de los grupos para fomentar el entendimiento sobre estos temas.

Es por eso que «el Minjus ha insistido en que ellos deben buscar las fórmulas, las maneras para que, desde sus normativas, se propicie el cumplimiento de los preceptos de la legislación masónica para la solución de las diferencias que hay en alusión a sus leyes internas, su interpretación, a la destitución o no del Gran Maestro, y a los procesos de elecciones generales o parciales».

Por tanto, resaltó Silvera Martínez, es malintencionado atribuir al Ministerio de Justicia o a otra institución del Gobierno y del Estado cubanos la interferencia en la Logia, como también las acciones ilegales de calumnias «con los directivos de la institución». 

El titular de Justicia insistió en que, desde el respeto y la unidad, jamás existirá ninguna acción que interfiera, que privilegie o que busque criterios de prevalencia de esa asociación que une a los hombres en función de valores morales, altruistas, de solidaridad. 

Fuentes

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