Comisión de Gobierno de la Asamblea frena iniciativa de ley que prohibía nombres de políticos en obras públicas

Comisión de Gobierno de la Asamblea frena iniciativa de ley que prohibía nombres de políticos en obras públicas

La Comisión de Gobierno y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional decidió no acoger una propuesta de ley que proponía poner fin al culto a la personalidad en las instituciones del Estado.

La iniciativa planteaba prohibir los retratos de funcionarios en oficinas públicas, las placas con nombres de autoridades en obras estatales y el uso de nombres de políticos o empresarios vivos en parques, escuelas y carreteras.

El proyecto, presentado por la diputada Janine Prado, de la bancada Vamos, buscaba fortalecer las instituciones democráticas y evitar que los bienes públicos se convirtieran en vitrinas de reconocimiento personal. En su exposición de motivos, Prado describió estas prácticas como una forma de “populismo simbólico” que alimenta la vanidad política y erosiona la neutralidad institucional.

Janine prado, diputada de Vamos.
LP/Carlos Vidal

No obstante, el anteproyecto de ley fue rechazado con cinco votos en contra y tres a favor, en la comisión que preside el diputado Luis Eduardo Camacho, de Realizando Metas y uno de los que votó en contra.

Camacho, incluso dijo que a la diputada “se le fue la mano en pollo” con la propuesta.

“Es habitual ver el retrato del presidente y del ministro de Seguridad en los cuarteles de policía, y placas con el nombre del Presidente de la República en casi toda obra pública nueva o remodelada”, advirtió la diputada en el documento.

La propuesta retomaba un precedente histórico: la Ley 5 de 1910, que prohibía la colocación de retratos de funcionarios y vetaba el uso de nombres de políticos o empresarios en obras del Estado. Esa norma, reafirmada en 1941, rigió durante más de noventa años hasta que fue derogada por disposiciones posteriores.

El anteproyecto pretendía actualizar ese espíritu republicano. Establecía que ninguna obra pública podría llevar el nombre de una persona viva y que solo podrían honrarse figuras diez años después de su fallecimiento o de los hechos históricos que se busque conmemorar. Además, vetaba los homenajes a quienes accedieron al poder mediante actos contrarios al orden democrático.

Además, falcultaba a la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información para aplicar sanciones a quienes violaran la norma, con multas equivalentes a la mitad del salario bruto mensual del infractor.

Aunque la comisión archivó la iniciativa sin debate, la discusión planteada persiste: ¿deben los espacios públicos servir para exaltar a los gobernantes o para fortalecer la memoria colectiva sin rostros ni nombres propios?


Fuentes

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